El Ministerio de Trabajo anuncia la nueva campaña sobre el control de registro de jornada que la Inspección llevará a cabo durante el 2020, ya que durante el primer semestre de la normativa se han expedientado a cerca de 500 empresas e impuesto infracciones al 20 % de ellas, por un valor de 113.000 €.

Tras la publicación el 12 de marzo en el BOE del Real Decreto 8/2019 de la obligatoriedad del registro de jornada en las empresas, estas deben organizar su estructura para cumplir todos los protocolos ante las sanciones, las cuales oscilan desde 626 € y 6.250 €.

El registro horario se aplica a la totalidad de trabajadores, cualquiera que sea su categoría o grupo profesional, y en todos los sectores de actividad y empresas, cualquiera que sea su tamaño u organización del trabajo.

La norma se implantó con la finalidad de controlar las horas extras no declaradas, y no establece una modalidad específica para el registro diario de la jornada, limitándose a señalar que se debe llevar a cabo día a día, e incluir el momento de inicio y finalización de la jornada.

Esta libertad de opciones está siendo empleada en algunas ocasiones para falsear el registro y ocultar los excesos de jornada. Cuestión que está desenmascarando tanto los inspectores de trabajo como los tribunales, existiendo ya varias sentencias a favor de los trabajadores.