Es una ayuda  extraordinaria que se concede durante seis meses improrrogables a los trabajadores en desempleo que han agotado todas las prestaciones y subsidios. Su objetivo es facilitar formación para que los beneficiarios puedan reincorporarse al  mercado laboral, por lo que asumirán el compromiso de tomar parte en cursos varios y sesiones de orientación laboral adscribiéndose a un Itinerario Personalizado de Inserción.

Se puede pedir una sola vez y por seis meses como máximo.

Se concede una  subvención de 2.400 o 2.700 euros por parado, que se cobra en 6 pagas de 400 o 450 euros mensuales, dependiendo de si hay o no responsabilidades familiares.

Los solicitantes deberán cumplir además estos requisitos:

 1º- Han de cumplir una de estas dos condiciones:

  • O bien ser parado de larga duración, inscrito como demandante de empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses.
  • O bien tener responsabilidades familiares

2º-  Y también los siguientes requisitos específicos:

  • Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo y pedir esta ayuda antes de que hayan pasado dos meses desde esa fecha.
  • No tener derecho a prorrogar la prestación ni el subsidio, ni a beneficiarse de ninguna otra ayuda por desempleo.
  • No haber cobrado con anterioridad ninguna prestación de este tipo, anterior.
  •  Las rentas  no han de superar el  75% del Salario Mínimo Interprofesional ( 551,92 euros mensuales en el 2018). En caso de unidad familiar las rentas totales habrá que dividirlas entre el número de miembros que la componen.
  • Se exige que el solicitante acredite haber buscado activamente trabajo durante al menos 30 días desde la pérdida de otras prestaciones durante el plazo de solicitud. Para su acreditación deberá entregar cumplimentado el impreso de búsqueda activa de empleo.