El fraude fiscal sigue siendo el objetivo primordial de la Agencia Tributaria, así el nuevo Plan de Control Tributario 2015 refuerza las actuaciones de años anteriores e incorpora otras nuevas.

Exponemos a continuación un breve resumen de las principales medidas y acciones que se van a acometer en este ejercicio 2015.

Se intensifican las actuaciones iniciadas en el 2014 para la detección precoz de actividades ocultas, es decir de la Economía Sumergida, y así mismo, continuarán siendo objeto de especial seguimiento las actividades profesionales.

La tributación en módulos sigue estando en el punto de mira del control del fraude fiscal por ello continuará el seguimiento a empresarios acogidos a este Régimen.

Se realizará un exhaustivo control de los depósitos Bancarios en Paraísos Fiscales para evitar la utilización de estas cuentas con el fin de eludir impuestos. Por otro lado se intensificará el control en las tramas de fraude de IVA en las Operaciones Intracomunitarias. Y se examinará también la aplicación de la limitación de pagos en efectivo en nuestro País.

Como novedad para este ejercicio 2015, el Plan de Control Tributario, se introduce en las nuevas tecnologías y amplia el control a nuevos sectores de actividad.

  • ¿Cómo pretende evitar la Agencia Tributaria la Economía Sumergida? Utilizando auditorías informáticas  con el objetivo de poner de manifiesto actividades no declaradas o descubrir “software de doble uso”, es decir programas  que permiten modificar las cifras reales de la facturación.
  • Viviendas en alquiler turístico. ¿Cómo va la Agencia Tributaria a controlarlas? Sepa que la Agencia Tributaria va a realizar un análisis y rastreo íntegro de la Publicidad a través de Internet, las páginas de comercio electrónico y las redes sociales.
  • ¿Patrimonio deslocalizado? con los nuevos intercambios de información entre países y los datos declarados en el Modelo 720 de Bienes y Derechos situados en el Extranjero la Agencia Tributaria posee un filtro para controlar tu patrimonio y la posible ocultación de otros Bienes.

Y por último ¿Muestra Vd. indicios externos de riqueza? Si estos no son acordes a sus declaraciones de Renta y Patrimonio, tengan especial cuidado.

Adjuntamos un Link de la Nota de Prensa que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publicado el 11-03-2015.

http://www.boe.es/boe/dias/2015/03/11/pdfs/BOE-A-2015-2603.pdf

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