Recuerde que aunque su empresa no se haya acogido al nuevo criterio de CAJA, si sus proveedores sí lo han hecho, su empresa se verá afectada.
No podrá deducirse el IVA de esas facturas hasta que las pague y además tendrá que informar datos adicionales en el libro de IVA, como la fecha del pago y el medio de pago (efectivo, cheque, transferencia, etc).

Además hay que tener en cuenta, a la hora de hacer la liquidación de IVA, que ya no va a cuadrar el libro de facturas recibidas con el importe a deducirse.

Esté atento al texto de las facturas recibidas porque los proveedores que se hayan acogido a este sistema están obligados a indicar que están incluidos en este nuevo régimen de CAJA.

Por otro lado, como han ampliado el plazo para optar por el criterio de caja hasta el 31 de marzo de 2014, podría encontrarse con algún proveedor que en el primer trimestre no esté aplicando dicho régimen pero que a partir del 1 de abril sí lo haga.

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